Junta de Delegados

Su composición y funcionamiento viene regulada por los artículos 74 y 75 del R.O. de los I.E.S. (RD 83/96 de 23 Enero).

Los Delegados de cada clase forman la Junta de Delegados, donde están representados todos los alumnos del centro. Es fundamental que cada Delegado, o el Subdelegado en su ausencia, estén siempre presentes en las reuniones de esta Junta.

La Junta de Delegados es la instancia donde la totalidad de los alumnos se expresa como un todo:

  • en la toma de decisiones,
  • en las propuestas,
  • en las sugerencias sobre el funcionamiento del Centro (recursos, rendimiento académico, convivencia, actividades, etc.).

La Junta de Delegados tomará parte en la resolución de los problemas puntuales que afecten al normal desarrollo de las actividades del centro, a su mantenimiento o la propia convivencia.

A la Junta de Delegados asistirán los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar.

La Junta de Delegados podrá elegir Portavoz y Secretario.

La Junta de Delegados levantará acta de sus sesiones y las hará conocer, por medio de los Delegados, a la comunidad de alumnos, informando al Jefe de Estudios de sus decisiones.

La Junta de Delegados se reunirá periódicamente para revisar todos los asuntos que afecten a la vida del Centro. La propia Junta fijará su calendario, siendo recomendable una reunión mensual fuera del horario lectivo.

Los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar informarán a la Junta de Delegados de los asuntos tratados en el Consejo y que afecten directamente a los alumnos.

 

Normativa de Organización y Funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria

Última modificación: 18/07/2023 - 09:43